El 28 de julio de 2011 en Puerto Mamón, corregimiento de Zapatosa (Cesar), fueron asesinados por miembros del Ejército Nacional los señores Emiliano Flórez Gómez, Ciro Antonio Sarabia Martínez y José de Paz Villareal Toloza.
Los tres pescadores fueron contratados por unos conocidos para llevar a varias personas a dar un paseo en lancha por la ciénaga de La Zapatosa. Cuando arribaron al lugar donde comenzaría el recorrido fueron sorprendidos por una emboscada de las Fuerzas Militares después de la cual murieron y fueron reportados como integrantes de una banda criminal abatidos en combate.
El cuerpo del señor Ciro Sanabria fue reportado como NN y trasladado a Medicina Legal en la ciudad de Valledupar, donde concluyeron que había recibido un tiro en el pecho a quemarropa y que además había sido torturado.
Los familiares de los señores Emiliano, Ciro y José de Paz acordaron demandar a la Nación, con el fin de demostrar su responsabilidad en las ejecuciones extrajudiciales cometidas por el Ejército Nacional. En virtud de ello otorgaron poder a la firma Javier Villegas Posada Abogados, la cual consideró que el Estado Colombiano era administrativamente responsable de la totalidad de los daños y perjuicios ocasionados a los demandantes, con la muerte de Ciro Antonio Sarabia Martínez, José de la Paz Villareal Toloza y Emiliano Flórez Gómez.
Bajo este panorama se interpuso una demanda de reparación directa en contra de la Nación-Ministerio de Defensa-Ejército Nacional, por considerar que el hecho no ocurrió en el marco de una confrontación armada entre miembros de una banda delincuencial y efectivos del Ejército Nacional. Las entidades demandadas se opusieron a todas las pretensiones planteadas por la parte actora y afirmaron que se trató de una operacional legal y que no existía a la fecha condena penal por estos hechos.
El Juzgado cuarto Administrativo de Valledupar profirió sentencia condenatoria contra de La Nación- Ministerio de Defensa-Ejército Nacional, la misma que fue confirmada el 25 de marzo de 2021 por el Tribunal Administrativo del Cesar, con ponencia del Magistrado Carlos Alfonso Guecha Medina, quien adujo lo siguiente:
“…se configura una falla en el servicio, pues los hechos probados y las circunstancias que se derivan de los mismos son indicativos de que la muerte de los señores Ciro Antonio Sarabia Martínez, José De La Paz Villareal Toloza y Emiliano Flórez Gómez, no ocurrió en el marco de una confrontación armada entre miembros de una banda delincuencial y efectivos del Ejército Nacional, como lo pregonaron los miembros de este último, por lo que con su proceder desbordaron las normas del Derecho Internacional Humanitario, produciendo daño a personas que no estaban en la obligación de soportarlo; dado que se dio muerte a las víctimas- personas no combatientes-, quienes se encontraban en imposibilidad de defenderse cuando recibieron los disparos que cegaron su existencia”
En cumplimiento de las expectativas planteadas por la firma Javier Villegas Posada a los familiares de los señores, Emiliano, Ciro y José de Paz, el tribunal condenó a indemnizar por concepto de perjuicios morales y materiales a los grupos familiares de los demandantes por la configuración de la falla del servicio en los hechos anteriormente mencionados.