El 15 de enero de 2007, en las instalaciones de la Fiscalía 41 Delegada Seccional Soacha fue capturado el señor Eduardo Fredy Vásquez Álvarez, sindicado del delito de acceso carnal con menor de 14 años. Por lo anterior, la Fiscalía General de la Nación le impuso medida de aseguramiento de detención preventiva y le formuló resolución de acusación.
El 29 de octubre de 2008, el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Soacha lo absolvió por encontrar que no existían pruebas que dieran cuenta de la comisión del delito endilgado. El detenido permaneció privado de la libertad entre el 14 de septiembre de 2007 y el 30 de octubre de 2008
El señor Vásquez Álvarez y su familia apoderaron a Javier Villegas Posada para demandar a la Nación por considerar que la privación de la libertad ocurrió por una falla en el servicio atribuible a la Fiscalía General de la Nación, en la medida en que impuso medidas restrictivas de libertad sin que existieran pruebas que lo permitieran.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante sentencia del 12 de julio de 2013, declaró patrimonialmente responsable a la Fiscalía General de la Nación por la privación injusta de la libertad del señor Eduardo Fredy Vásquez Álvarez, toda vez que encontró acreditada una falla en el servicio atribuible a dicha entidad, en la medida en que impuso una medida de aseguramiento de detención preventiva, sin que existieran indicios graves de responsabilidad. Como consecuencia de lo anterior, condenó a la entidad a pagar la indemnización pedida por perjuicios morales y daño a la vida de relación. Adicionalmente, negó la indemnización pedida a título de daño emergente y de lucro cesante, por considerar que los daños no se encontraban acreditados en el expediente.
Los demandantes apelaron la decisión, por considerar que los perjuicios por el “daño a la vida de relación” debían reconocerse respecto de todos los accionantes. Adicionalmente, pidieron ordenar la reparación de los perjuicios materiales en las modalidades de daño emergente y de lucro cesante, por estar debidamente acreditados en el expediente.En sentencia proferida el 6 de julio de 2017, el Consejo de Estado le dio la razón a Javier Villegas Posada. La sala confirmó la condena a la Fiscalía por la detención injusta de la libertad del señor Eduardo Fredy Vásquez Álvarez y modificó la sentencia para ordenar una indemnización por perjuicios morales, daño a la vida en relación y perjuicios materiales en la modalidad de lucro cesante.
Radicación número: 25000-23-26-000-2010-00909-01(50075)